Estas son las nuevas obligaciones fiscales que debes cumplir si eres autónomo

El 2019 arranca con grandes cambios. ¿Eres autónomo? Ojo a las novedades fiscales de este año. Desde el pasado 1 de enero, la base mínima de cotización de los trabajadores por cuenta propia se ha incrementado en un 1,25% y el tipo de cotización pasa a ser del 30%. A cambio de esta subida recibirán una mayor protección.

 

De esta forma, la cuota para los autónomos persona física aumenta 64 euros al año y 82 euros para los autónomos societarios. No obstante, no nos pongamos alarmistas. Todo no van a ser medidas impositivas, los autónomos podrán deducirse las dietas derivadas y los suministros hasta en un 30% del total de la actividad y declarada en el modelo 036 de Hacienda.

 

Otra novedad que nos trae el 2019 es la exención del IRPF de las prestaciones por maternidad. El tribunal supremo falló a favor de los autónomos por lo que, si se han beneficiado de esta prestación, no tendrán que declararlas como rentas y la Seguridad Social no podrá realizar retención alguna.

 

Este año entrará en vigor el nuevo Modelo 179. Esta nueva obligación fiscal es para los intermediarios entre propietarios e inquilinos de viviendas vacacionales, es el caso de las viviendas de la plataforma Airbnb, que debe compartir con Hacienda detalles de los anfitriones y detalles de sus anuncios, como el nombre, la dirección, y sus transacciones desde 2018. La presentación del Modelo 179 se hará en formato digital y de forma trimestral a través de la Sede Electrónica de Agencia Tributaria.

 

El gobierno encarece la tarifa plana a los nuevos autónomos, que pasa de 50 a 60 euros durante los 12 primeros meses. Esta subida lleva consigo una mejora de las prestaciones

 

Otro de los asuntos que más interesa a los autónomos es el sistema de estimación objetiva (módulos). Tras meses de negociaciones con la Agencia Tributaria, se aprueba también la prórroga de los límites de facturación, lo que ayudará a más de 400.000 autónomos a permanecer en este tipo de tributación.

 

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *